Bono por hijo  

El Bono por hijo es un aporte que hacer el estado al nombre de la madre, por cada hijo que haya tenido, o por hijo adoptado de legalmente

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Bono por hijo  

 

AFP Capital,  30/septiembre/2013

Beneficios de las AFP para mujeres dedicadas a la crianza de sus hijos: el Bono por Hijo

Es natural pensar en un AFP como la administradora de los fondos que destinamos para nuestra pensión, y como tal, esperar en disfrutar de sus beneficios en el futuro. Pero también es bueno recordar que las ventajas del sistema no solo incluyen conceptos como beneficios tributarios o rentabilidad, que se disfrutan al momento de la jubilación. También hay algunos con los que podemos contar desde mucho antes, uno de ellos es el Bono por Hijo.

Pensando en que muchas mujeres pasan un tiempo sin trabajar dedicadas a la crianza de sus hijos, se incorporó este beneficio a las madres (¡ncluso pueden optar aquellas que aún no están en el sistema o aquellas sobre 60 años de edad!). En términos simples, el Bono por Hijo es un aporte que hace directamente el Estado a nombre de la madre, por cada hijo nacido vivo que haya tenido, o por cada uno adoptado legalmente. Este fondo es depositado directamente en la AFP a nombre de la mujer y por cada uno de los hijos.

Cálculo y rentabilidad del Bono por Hijo en las AFP

 
El aporte consiste en una fórmula matemática que, para cada caso, puede calcularse exactamente acercándose a la AFP. A grandes rasgos se toma el 10% de 18 meses de sueldo mínimo. Este último calculado a la fecha de nacimiento del hijo. Por ejemplo, si el sueldo mínimo fijado por ley fuera $200.000 cuando nació el hijo, el aporte que se le realizará será de:
 
$200.000×18×10% = $360.000.
 
A su vez, ese aporte ganará una rentabilidad desde el mes de nacimiento del hijo hasta el mes en que la madre cumpla 65 años, fecha en la que podrá disfrutar del bono como parte de su fondo para pensionarse.
 

¿Cómo se hace efectivo?

 
Para hacer efectivo este beneficio, es importante que la mujer se acerque a su AFP y complete una ficha de solicitud para que se evalúe que cumple con los beneficios. En caso positivo, el aporte se hará a su Cuenta de Capitalización Obligatoria el mes siguiente a haber cumplido 65 años, incluyendo la rentabilidad que corresponda. Lo más importante es que si la mujer nunca ha pertenecido a una AFP también tiene derecho a ese beneficio. Para eso, en primer lugar deberá incorporarse a una AFP, lo que no tiene ningún costo, y luego podrá hacer los trámites necesarios para que se le reconozca este derecho.
 
Dado que el Bono por Hijo es un derecho ganado a partir de la última reforma previsional, para todos los hijos vivos nacidos antes del 1 de julio de 2009, el monto del bono y la rentabilidad que se ganará se calcula desde esa fecha. (Con un sueldo mínimo para hacer el cálculo) y hasta el mes en que la madre cumpla 65 años.
 
Por último es importante destacar que una vez entregado, éste será un derecho irrenunciable y en algunos casos puede ser incompatible con otros beneficios, como  el de la Pensión Básica Solidaria. Por esto es importante acercarse a una AFP, a una oficina de Chile Atiende, IPS, u otro para determinar qué beneficios pueden ser los más apropiados en cada caso.
 
Si tienes dudas sobre tu caso particular acerca de este tema, contáctanos por Redes Sociales o escribenos un e-mail a la casilla usc@afpcapital.cl

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