¿Sabes cuáles son las modalidades de Pensión?
Las modalidades de pensión son las distintas formas de administrar la pensión al momento de jubilar.
Conoce tus opciones de pensión: elige entre Renta Vitalicia Inmediata, Renta Temporal con Renta Vitalicia, Retiros programados y Retiros programados con Renta Vitalicia Inmediata
El afiliado puede elegir entre las siguientes cuatro alternativas dependiendo de sus características y necesidades.
1. Renta Vitalicia Inmediata: los fondos de la cuenta obligatoria son transferidos a una Compañía de Seguros de Vida elegida por el afiliado La Compañía será la encargada de pagar una pensión mensual fija (en UF).
- La compañía de seguros deberá pagar la pensión acordada hasta que el afiliado fallezca.
- Al momento de fallecer el afiliado, la compañía de seguros deberá pagar la pensión de Sobrevivencia a los beneficiarios, pero por el monto legal correspondiente. A falta de beneficiarios el contrato se extingue.
2. Renta Temporal con Renta Vitalicia: parte de los Fondos de la cuenta obligatoria son transferidos a una Compañía de Seguros de Vida elegida por el afiliado a cambio de una pensión mensual a contar de una fecha futura determinada en el contrato. Además, mantiene en su AFP un saldo suficiente para recibir una pensión mensual durante todo el período anterior al inicio del contrato con la compañía de seguros.
- Los saldos que quedan en la AFP siguen generando rentabilidad.
- Al momento de fallecer el afiliado, los saldos que quedan en la AFP constituyen herencia o sobrevivencia. Los saldos que quedan en la compañía de seguros solo genera pensión de sobrevivencia y si no existen beneficiarios, el contrato se extingue.
3. Retiros programados: los Fondos de la cuenta obligatoria se mantienen en la AFP, o bien, son transferidos a la AFP que elija el afiliado para que le entregue una pensión mensual.
- La pensión se calcula todos los años de acuerdo al Saldo de la Cuenta Individual Obligatoria y a las expectativas de vida del afiliado y su grupo familiar.
- Los saldos que quedan en la AFP siguen generando rentabilidad.
- Al momento de fallecer el afiliado, las AFP deberán pagar pensión de sobrevivencia a los beneficiarios y de no existir éstos, el saldo constituye herencia.
- Esta es la única alternativa de pensión en que el afiliado puede realizar el cambio a otra modalidad, pero una vez hecho, no es posible cambiarse a otra o volver al Retiro programado.
4. Retiros programados con Renta Vitalicia Inmediata: el afiliado opta por mantener un porcentaje de su fondo en su AFP y con ello obtener el pago de una pensión por retiro programado. Con la otra parte de su fondo, contrata una renta vitalicia la que se paga en forma simultánea con el retiro programado, de esta forma el afiliado recibe dos montos de pensión.
- La Compañía de Seguros deberá pagar la pensión acordada hasta que el afiliado fallezca. La pensión entregada por la AFP se calcula todos los años de acuerdo al Saldo de la Cuenta Individual Obligatoria y a las expectativas de vida del afiliado y su grupo familiar.
- Al momento de fallecer el afiliado, los saldos que quedan en la AFP constituyen herencia o sobrevivencia. Los saldos que quedan en la Compañía de Seguros solo genera pensión de sobrevivencia y si no existen beneficiarios, el contrato se extingue.
Como puedes observar son varias modalidades de pensión y beneficios, revisa cada modalidad de pensión y decide cuál te conviene más de acuerdo a tus ahorros, necesidades y características y las de tu familia. Si tienes consultas, ¡contáctate con nosotros o déjanos un comentario!
La rentabilidad es variable, por lo que nada garantiza que las rentabilidades pasadas se repitan en el futuro. Infórmese sobre la rentabilidad de su Fondo de Pensiones, las comisiones y la calidad de servicio de las AFP en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones www.spensiones.cl