3er Retiro: Preguntas y respuestas
Todas las preguntas y respuestas más frecuentes que necesitas saber para ingresar tu solicitud de retiro del 10% de tus ahorros para la pensión.
Artículo
¿Dónde puedo ingresar mi solicitud del 3er Retiro?
Puedes ingresar al siguiente sitio de retiro de pensiones de AFP Capital.
¿Cuáles son los pasos del 3er Retiro?
- 1er día: Ingreso de solicitud de retiro
- 4to día hábil: Me notifican la resolución de mi solicitud
- 6to día hábil: Se resta de mi saldo el monto a pagar de retiro
- 15vo día hábil: Recibo pago como máximo plazo posible
- Recuerda que puedes elegir Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2), se abre automáticamente, sin cargos ni comisiones.
¿Quiénes podrían acceder a un 3er Retiro de fondos?
Afiliados y pensionados por retiro programado que cuenten con saldo en su cuenta de capitalización individual, pensionados por renta vitalicia, beneficiarios del sistema privado de pensiones, con excepción de funcionarios públicos indicado en la normativa.
¿Cuándo se podrá realizar la solicitud del 3er Retiro?
A partir del lunes 3 de mayo a las 9:00 hrs.
¿Dónde podrá hacer la solicitud del tercer retiro?
A través de todos nuestros canales de atención. Dada la situación sanitaria que atraviesa el país, le recomendamos preferir alternativas remotas.
¿Cómo saber cuánto saldo tengo en mi cuenta?
En el sitio privado de AFP Capital se puede revisar el saldo de la cuenta de ahorro obligatorio. Además, el día 30 de abril se enviará un email a todos nuestros afiliados con el saldo en su cuenta y el monto máximo a retirar a la fecha.
¿Se puede optar por Caja de compensación Los Héroes como vía de pago?
Como medida de resguardo de nuestros afiliados debido a denuncias recibidas, la Superintendencia ha tomado la determinación, en virtud de sus facultades normativas, de fiscalización y supervisión basada en riesgos, de suspender a las cuentas de provisión de fondos de Cajas de Compensación, como destino de los retiros autorizados por las leyes N° 21.248, 21.295 y 21.330 de las Cuentas de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias, y, asimismo, de las Cuentas de Ahorro Voluntario (Cuenta 2) y Ahorro Previsional Voluntario (APV).
¿Cómo se podrá realizar la solicitud?
Se podrá realizar la solicitud desde el minisitio retiro.afpcapital.cl y los distintos canales de atención.
¿Qué debo considerar al momento de ingresar mi solicitud de retiro?
- Ingresar tu rut sin puntos, ni guion y sin espacios
- Ingresar el Número de documento o serie indicado en Carnet de Identidad
- Recuerda que puedes elegir Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2), se abre automáticamente, sin cargos ni comisiones
- Si eliges cuenta bancaria:
- -> Verifica en el sitio web de tu banco, el número y tipo de cuenta, e ingresa los datos sin puntos ni guión
- No uses cuentas bipersonales o Super digitales
¿Cuál es el plazo para solicitar el 3er retiro?
Dentro de los 365 días siguientes desde el 29 de abril del 2021.
¿Cómo se realizaría el Pago?
El monto solicitado a retirar se efectuará en un plazo máximo de 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se realice la solicitud de retiro.
¿Cuáles son los medios de pago para solicitar el 3er retiro?
Cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2),Cuenta Corriente, Cuenta RUT o Cuenta Vista. Si no cuentas con estos medios de pago, puedes solicitar pago a través de Vale Vista.
¿Cuáles son los cobros y comisiones al depositar en una Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2) el 3er Retiro?
El uso de la Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2) no tiene cobros ni comisiones para los clientes por parte de las AFP.
¿Cuáles son las características de la Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2)?
- Es una cuenta de ahorro voluntaria, simple y segura, independiente de la cuenta obligatoria, en la que se puede aportar a través de su liquidación mensual o cuando lo desee, desde una Cuenta Corriente, Vista o RUT, incluso sin salir de casa, para fines que usted quiera.
- Posee la rentabilidad de los multifondos, pudiendo invertir hasta en 2 de los 5 multifondos disponibles, cambiando o distribuyendo de fondos cada vez que lo desee.
- Si se ingresa el retiro del 10% en esta cuenta, no habrá cobros ni comisiones y podrá realizar giros ilimitados de esos ahorros.
¿Cómo se puede acceder al 3er Retiro del 10% a través de la Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2)?
Se pueden realizar giros ilimitados, hasta que se agote el saldo en la cuenta de ahorro voluntario. Para esto, existe el giro fácil y diferido, dependiendo del monto solicitado:
- Giro fácil: Si el giro es de hasta $300.000, el pago estará disponible dentro de 24 horas
- Giro diferido: Si el giro es sobre $300.000, el pago estará disponible dentro de los 4 días hábiles posteriores a la solicitud
¿Qué pasa si necesito realizar un giro por más de $300.000 y acceder prontamente al dinero de la Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2)?
En estos casos, se pueden solicitar giros fáciles y diferidos considerando las siguientes opciones:
1. Solicitar diariamente un giro fácil de $300.000. Así obtendrá ese monto cada 24 horas
2. Realizar un giro fácil por $300.000 e ingresar una solicitud de giro diferido al mismo tiempo, para obtener la diferencia en 4 días hábiles
3. Sacar la totalidad (ej.$1.000.000) con un sólo giro diferido, para obtenerlo dentro de 4 día hábiles
¿Cómo se pueden solicitar giros de la Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2)?
Pueden hacerlo a través de www.afpcapital.cl o en sucursales.
¿Cuáles son los medios de pago al realizar giros desde la Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2)?
Cuenta Corriente, Cuenta RUT o Cuenta Vista. Si no cuentas con estos medios de pago, puedes solicitar pago a través de Vale Vista.
¿Cómo afecta mi futura pensión si realizo mi retiro de fondos?
Si retiras parte de los fondos, el monto de tu futura pensión podría disminuir, pues es dinero que se resta de tu cuenta de ahorro obligatorio y que deja de ser invertido por la AFP en los multifondos. Los próximos a pensionarse y mujeres serían los más afectados con el retiro. En el minisitio www.retiroafpcapital.cl o informate.afpcapital.cl/impacto-retiro-pension.html podrán revisar el impacto en la pensión al solicitar su retiro.
¿El pago del tercer retiro tendrá retenciones?
El pago estará sujeto a la retención, suspensión y embargabilidad por deudas de pensión de alimentos ordenado retener por el Juzgado de Familia competente, o bien por compensación económica en juicio de divorcio, ya decretado judicialmente.
¿Si soy deudor de pensión de alimentos, podré solicitar el 3er Retiro?
Sí, pero al igual que en el primer retiro, el monto solicitado será retenido hasta confirmar con el Poder Judicial la existencia de la medida cautelar. En caso de que exista retención, y la deuda se liquide, el pago se realizará a el/la acreedor/a de alimentos.
¿Se podría solicitar el 1er, 2do y 3er Retiro al mismo tiempo?
El derecho a efectuar el tercer retiro no está condicionado a que se haya efectuado el primer y/o segundo retiro, es decir, puede realizar los 3 retiros o sólo uno de ellos. Se debe tener en cuenta que, si su deseo es solicitar los 3 retiros de forma simultánea, se le considerará la fecha y hora de cada solicitud para efectos de determinar el monto de la provisión que corresponda a cada uno de los retiros. Todas las solicitudes deberán ser pagadas dentro del plazo máximo establecido en la ley a contar desde las fechas de las respectivas solicitudes.
¿Se podrá hacer seguimiento online de la solicitud?
Sí, se podrá realizar el seguimiento en retiro.afpcapital.cl y revisar en cuál de las siguientes etapas se encuentra tu solicitud.
¿Si retiro el 10%, debo devolverlo?
No. No debes devolverlo. Sin embargo, tienes la opción de cotizar un 1% adicional de manera voluntaria.
Si vivo en el extranjero ¿Cómo podría realizar el 3er Retiro?
Se podría realizar desde:
- Consulado del país en el cual reside, ingresando antes al formulario disponible en www.mi10afp.cl
- Desde nuestro minisitio www.retiro.afpcapital.cl
- Otorgando un mandato a un tercero residente en Chile. Debe otorgarse ante autoridad consular chilena en el extranjero, y luego debe legalizarse dicho documento ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile
¿Puedo nombrar un mandatario para el cobro del retiro?
Sí, es posible mandatar a un tercero en Chile para el cobro del retiro y deberá indicar sus datos al ingresar la solicitud.
¿Cómo se realizará el pago de solicitudes fuera de Chile?
El monto solicitado a retirar se efectuará en un plazo máximo de 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se realice la solicitud de retiro.
Si soy beneficiario de pensión ¿puedo realizar el 3er Retiro?
Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia menores de 18 años podrán acceder a este retiro. Los hijos beneficiarios de 18 o más años de edad y menores de 24, que no mantengan vigente la calidad de estudiante, no podrán efectuar el retiro.
Los clientes en proceso de traspaso ¿dónde realizan su solicitud de retiro?
Si a la fecha en que se valide la solicitud de retiro, la cuenta individual no se encuentra bloqueada producto del proceso de traspaso de AFP, la solicitud de retiro se procesará en la AFP de origen. En este caso, el proceso de traspaso se pospone hasta que concluya el pago del retiro.
Si a la fecha en que se valide la solicitud de retiro, la cuenta individual se encuentra cerrada o cuando ya se efectuó el cargo con motivo del traspaso de AFP, la solicitud de retiro será rechazada y deberá presentar nuevamente su solicitud en la AFP de destino.
¿Qué indica el artículo 38 bis de la Constitución Política de la Republica?
Las remuneraciones del Presidente de la República, de los senadores y diputados, de los gobernadores regionales, de los funcionarios de exclusiva confianza del Jefe del Estado que señalan los números 7° y 10° del artículo 32 y de los contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas ya indicadas, serán fijadas cada cuatro años y con a lo menos dieciocho meses de anticipación al término de un período presidencial, por una comisión cuyo funcionamiento, organización, funciones y atribuciones establecerá una ley orgánica constitucional.
La comisión estará integrada por las siguientes personas:
a) Un ex Ministro de Hacienda
b) Un ex Consejero del Banco Central
c) Un ex Contralor o Subcontralor de la Contraloría General de la República
d) Un ex Presidente de una de las ramas que integran el Congreso Nacional
e) Un ex Director Nacional del Servicio Civil
Sus integrantes serán designados por el Presidente de la República con el acuerdo de los dos tercios de los senadores en ejercicio. Los acuerdos de la comisión serán públicos, se fundarán en antecedentes técnicos y deberán establecer una remuneración que garantice una retribución adecuada a la responsabilidad del cargo y la independencia para cumplir sus funciones y atribuciones.
Chile Art. 38 bis Constitución Política de Chile. Lea más en: https://leyes-cl.com/constitucion_politica_de_chile/38%20bis.html
Si soy trabajador independiente, ¿puedo realizar el 3er Retiro del 10%?
Si, solo debes tener un saldo mayor a cero en tu Cuenta de ahorro obligatorio y/o Cuenta de capitalización individual de Afiliado Voluntario.
Debes tener presente que, de acuerdo con la normativa vigente, la AFP deberá retener el monto destinado al pago del seguro de invalidez y sobrevivencia en el caso que las cotizaciones sean canceladas desde la Tesorería General de la República (TGR).
Si soy trabajador independiente, ¿Qué pasa con la cobertura de mi seguro de invalidez y sobrevivencia?
Si Ud. es trabajador independiente, debe considerar que podría quedar descubierto del seguro de invalidez y sobrevivencia o tener un menor periodo de cobertura de dicho seguro, si el saldo de su cuenta individual después del retiro es insuficiente para pagar las primas del seguro.
Si me encuentro en trámite por desafectación o de desafiliación, ¿Puedo realizar la solicitud de retiro de fondos?
Sí, podrás realizar la solicitud de retiro de fondos aunque no tengas los resultados de estos trámites. Debes tener en consideración que, al tener un menor saldo en el traspaso de fondos, producto del retiro 10%, esto podría implicar un aumento en la deuda por desafiliación.
¿Qué pasa si no realizo el 3er Retiro de fondos?
Realizar el retiro previsional (10%) es voluntario, y en el caso que decidas no realizarlo, tus fondos seguirán generando rentabilidad para tu futura pensión.
Además, recuerda que tienes 1 año para solicitarlo (365 días).
¿El retiro masivo del 10% impacta en la rentabilidad de los fondos?
La rentabilidad de los multifondos varía dependiendo del comportamiento del mercado. Un retiro masivo podría afectar negativamente el mercado local, pero estimamos que este efecto sería transitorio, al igual que en el primer retiro. En este sentido, los Multifondos menos riesgosos (C, D y E) serían los más impactados por tener mayor inversión en Chile. En cuanto a los fondos más riesgosos (A y B), a pesar de estar invertidos mayoritariamente en el extranjero, el efecto del Dólar en el mercado nacional, podría repercutir también en estos fondos.
¿Puedo optar por los beneficios del Estado si solicito el retiro?
Sí, el retiro de fondos no influye en los requisitos para optar a beneficios que entrega el Estado.
¿Puedo anular la solicitud de retiro?
Si, en caso de que quieras desistir o retractarte del ingreso de tu solicitud de retiro, la puedes anular hasta un día hábil después de que la hiciste en el minisitio retiro.afpcapital.cl e ingresar una nueva solicitud en el plazo de un año (desde el 3 de mayo).
Para realizar el trámite de retiro de mi 10% ¿me pueden pedir mis datos de acceso?
Los datos de acceso a su cuenta son de uso personal e intransferible, no compartas tu RUT ni clave para acceder a tu sitio web privado de AFP Capital. No solicitaremos a través de mensaje de texto, Whatsapp, teléfono o de nuestros ejecutivos, tu clave de acceso a nuestro sitio web.